El dictamen interpretativo emitido por el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ha generado un importante revuelo en el sector financiero chileno. Con esta nueva normativa, las entidades bancarias quedan obligadas a tramitar cualquier reclamo presentado por sus clientes respecto a transacciones no reconocidas, marcando un precedente en la protección de los derechos de los consumidores. Este avance legislativo busca evitar que los bancos desestimen de forma arbitraria los reclamos por fraudes sin antes contar con una decisión judicial que lo respalde, lo que representa un cambio significativo en trato a los usuarios y la gestión de sus quejas.
La base de este dictamen se sustenta en la Ley 20.009 y en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPDC), dos pilares fundamentales para la defensa de los derechos de los ciudadanos frente a prácticas abusivas. Según lo establecido, los bancos deben iniciar de inmediato el proceso de revisión de los reclamos si el consumidor cumple con los requisitos para denunciar un fraude. Esto significa que ya no podrán desechar automáticamente un reclamo sin haber realizado una evaluación completa, lo que fortalece el poder del consumidor en las relaciones con los bancos.
Un aspecto relevante del dictamen es la carga de la prueba que recae sobre las entidades financieras. En situaciones donde se sospeche de dolo o culpa grave por parte del consumidor, son los bancos los que deben presentar evidencias que demuestren que la operación no autorizada fue aprobada por el cliente. De esta forma, no basta con mostrar un simple registro de la transacción; se requiere un respaldo más contundente por parte de la entidad que confirme la validez de las operaciones que se alegan como fraudulentas.
Además, el SERNAC ha enfatizado la importancia de que las instituciones financieras cuenten con mecanismos efectivos y accesibles para la recepción de denuncias por extravío, hurto o fraude. Este aspecto del dictamen busca garantizar que los consumidores puedan alertar sobre irregularidades de manera sencilla y rápida. Las entidades deben proporcionar canales gratuitos y permanentes, así como ofrecer información clara sobre el proceso de reclamo, los requisitos necesarios y los plazos establecidos, facilitando así el acceso a la justicia para los afectados.
Finalmente, este avance normativo no solo refuerza la protección de los consumidores, sino que también establece un precedente respecto a la responsabilidad que deben asumir los bancos en la gestión de fraudes y transacciones no autorizadas. Al obligar a las instituciones a seguir un procedimiento más riguroso, el SERNAC contribuye a crear un ambiente financiero más transparente y justo, donde la confianza del consumidor se vea fortalecida y se garantice la restitución de los fondos en casos de fraude.







